Información de Expediente

2024 - E - 1779
Fecha de Entrada: 29/07/2024
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor: CJAL. LICEAGA VIÑAS RICARDO MIGUEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 29/07/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el Programa Circuitos Turísticos del Partido de General Pueyrredon.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
006 TURISMO 29/07/2024 17/09/2024 APROBADO
050 MOVILIDAD URBANA 17/09/2024
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
  Mar del Plata, 26 de julio de 2024


  A la Presidenta del Honorable Concejo Deliberante Dra. Marina Sánchez Herrero


  S / D


  VISTO la necesidad de fomentar el turismo mediante la implementación de buses turísticos en el partido de general Pueyrredon, que realcen los emblemáticos puntos, turísticos, culturales, históricos, arquitectónicos y sociales y;


  CONSIDERANDO:


  Que la creación de un city tour para el municipio que tendrá como objetivo dinamizar la oferta de actividades, brindando estrategias para mejorar la atracción del turismo y la revalorización del patrimonio histórico y la identidad de la ciudad, en sus diferentes modalidades.-


  Que muchas de las ciudades de nuestro país y el mundo cuentan con esta propuesta, turística para conocer los puntos más importes de las ciudades que visitamos.-


  Que en el marco de esta propuesta de implementar buses turísticos en el partido de general Pueyrredon, se busca, que los visitantes de nuestro partido puedan acceder a un bus turístico, que los lleve a conocer, no solo la amplitud de costa y playas, lo que podrían visitar en colectivo de línea como ser la línea 221


  o 511, sino los diferentes sitios tanto recreativos, culturales, patrimoniales y representativos de este partido.-


  Que en este orden de ideas, vemos con agrado, que los residentes y visitantes a este partido puedan abordar un bus turístico, que tenga su recorrido, por los puntos emblemáticos, como podrían ser, la Torre de agua, Barrio Sierra de los Padres, Torreón del Monje, Barrio Los Troncos, Playa los Lobos, Puerto de Mar del Plata, Barrio El Faro, Laguna de los Padres, Parque Camet, Reserva Forestal, El Pato de la Costa, La Rambla marplatense, la Catedral de Mar del Plata, Museo del Mar, Museo Castagnino, Villa Victoria Ocampo, Bioparque Batan, y muchos otros, que deberá en su caso, determinar la autoridad de aplicación.-


  Que los pasajeros de este atractivo, puedan descender en cada punto turístico, teniendo incluso la posibilidad, de la modalidad hop-on hop-off, que permite que, dentro de la duración de tu ticket desciendas y vuelvas a subir tantas veces como desees y en cualquiera de las paradas.-


  Que este atractivo, puede llevarse a cabo a través de fondos públicos y/o privados, debiendo en su caso, llamarse a licitación.


  Que la organización de un programa que contemple circuitos turísticos históricos, culturales, con guías explicativas, permitirán conocer nuestra propia idiosincrasia.


  Que es de gran importancia el fomento del turismo, sustentable, que generan hace a una mayor integración y diversificación de las ofertas, ofreciendo opciones de movilidad, incorporando el recorrido por Bus, y contemplando además el turismo inclusivo de todo el potencial del partido de General


  Pueyrredon.


  Por ello, el bloque de concejales de la Unión Cívica Radical, propone y eleva a consideración del HCD el siguiente proyecto de


ORDENANZA


  Articulo 1- Crease en el Partido de General Pueyrredon el Programa Circuitos Turísticos del Partido de General Pueyrredon, que consistirá en buses y/o transportes terrestres destinados a ofrecer recorridos guiados, los cuales deberán incluir los principales puntos turísticos, caracterizados por sus condiciones culturales, arquitectónicas, paisajísticas y/o patrimoniales.


  Articulo 2.- La autoridad de aplicación será el Ente Municipal de Turismo y Cultura, quien deberá reglamentar la presente y establecer los distintos circuitos, con sus recorridos y puntos de interés, como así también la frecuencia y modalidad de los mismos.


  Articulo 3.- Dichos recorridos deberán llevarse a cabo mediante vehículos que permitan la visibilidad plena del recorrido, y estén adecuados para el traslado de personas con discapacidad.


  Articulo 4.- La autoridad de aplicación deberá garantizar que el servicio incluya la utilización de guías turísticas con expresión en habla español, lenguaje de señas y pictogramas.


  Articulo 5.- El Programa deberá funcionar durante todo el año. En época estival, fines de semana largos, festivos y/o turísticos, y durante el receso invernal deberá funcionar todos los días y en diferentes franjas horarias. Durante el resto del año la autoridad de aplicación determinará días y frecuencias de funcionamiento.


  Articulo 6.- El Ente Municipal de Turismo y Cultura deberá garantizar la entrega a cada pasajero de material, impreso y/o digital, en donde se indiquen los lugares que visita el recorrido con una breve reseña histórica y turística de cada uno de ellos.


  Artículo 7°. – La autoridad de aplicación determinará la tarifa de cada circuito, pudiendo establecer diferentes montos según época del año, franja etaria, y precios diferenciales para estudiantes, jubilados y/o pensionados y cualquier otro grupo de interés que considere necesario.


  Articulo 7.- De forma.


AUTORÍA DEL PROYECTO:


  CJAL. RICARDO LICEAGA VIÑAS


Adhesiones:


  CJAL. ROMERO MARIANELA CJAL. GUSTAVO PUJATO CJAL. DANIEL NÚÑEZ


  Firmado digitalmente por: LICEAGA VIÑAS Ricardo Miguel


  Fecha y hora: 26.07.2024 11:29:53


  Firmado digitalmente por: ROMERO Marianela Fecha y hora: 26.07.2024 10:30:23


  Firmado digitalmente por: PUJATO Gustavo Horacio


  Fecha y hora: 26.07.2024 11:13:10


  Firmado digitalmente por: NUÑEZ Daniel Alberto


  Fecha y hora: 26.07.2024 10:44:21

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