Información de Expediente

2024 - E - 1848
Fecha de Entrada: 20/08/2024
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. GARCIA DIEGO ALEJANDRO SEBASTIAN
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 20/08/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Disponiendo que todas las rotondas del ejido urbano del Partido de General Pueyrredon deberán contar con señalización vertical en sus cuatro intersecciones, que dé cuenta del modo correcto de ingresar y egresar de las mismas.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
050 MOVILIDAD URBANA 20/08/2024
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 20 de agosto de 2024


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S_________/_________D


VISTO


La incorrecta circulación por las rotondas del Partido de General Pueyrredon, genera embotellamientos y siniestros. Y;


CONSIDERANDO


Que en el Partido de General Pueyrredon existe un corredor vial conformado por el eje Av. Monseñor Zabala - Av. Champagnat - Av. Presidente Perón, que atraviesa la ciudad de Mar del Plata en el sentido noroeste – sudoeste, vinculando las Rutas Provinciales N° 88 y N°2 y la Ruta Nacional N°226.


Que el tránsito por esta vía es constante y tiene una alta concurrencia tanto de vehículos particulares, de marplatenses y habitantes de otras ciudades que se dirigen desde –o hacia– la RP 2 y 88 y la RN 226, como también de transporte público y transporte pesado.


Que en la intersección de la mencionada vía con avenidas y/o calles que se constituyen como arterias se conforman rotondas como sistema de cruce.


Que, en ese sentido, hay rotondas en las siguientes intersecciones: Av. Juan B. Justo y Av. Presidente Perón/Champagnat; Av. Champagnat y Alvarado; Av. Champagnat y Av. Colón; Av. Champagnat y Av. Luro; Av. Champagnat y Av. Libertad; Av. Monseñor Zabala y Berutti; Av. Monseñor Zabala y Florisbelo Acosta; y Av. Monseñor Zabala y Av. Constitución.


Que, además, también está la rotonda de Av. Constitución y Av. Félix U. Camet, sobre la costa.


Que en la actualidad las rotondas se constituyen como un obstáculo a la agilidad de la circulación vial, generando embudos, situaciones de conflictividad y ocasionalmente hechos de siniestralidad.


Que este cuerpo ya llevó adelante una Mesa de Trabajo, aprobada por Decreto del HCD Nº2641, a fines de evaluar el reemplazo o modificación de las rotondas existentes en las mencionadas avenidas, con el objetivo de desarrollar una planificación que permita agilizar la circulación y garantizar la seguridad vial.


Que en el 2022 se trató y sancionó la Comunicación N°6128, a partir de una iniciativa de la Concejala Virginia Sívori del Bloque del Frente de Todos, solicitando al Departamento Ejecutivo que desarrolle el Proyecto de Reemplazo de las Rotondas, acordado en la Mesa de Trabajo mencionada previamente.


Que este año presentamos desde el Bloque de Unión por la Patria el Expediente N° 1160/24, actualmente en tratamiento, para pavimentar y construir dos bulevares en la acera izquierda de la Av. Libertad, de modo tal de conformar dos colectoras viales a la rotonda, del mismo modo que ocurre en las rotondas ubicadas en las avenidas Luro y Colón.


Que es responsabilidad del Ejecutivo Municipal llevar adelante acciones que favorezcan la movilidad vial, agilicen la circulación y disminuyan las posibilidades de siniestralidad.


Que según la Ley Nacional de Tránsito N°24.449, a la que adhiere la Provincia de Buenos Aires a partir de la Ley N°13.927 y sus modificatorias, se establece en el Artículo N° 43, inciso e), que “Si se trata de una rotonda, la circulación a su alrededor será ininterrumpida sin detenciones y dejando la zona central no transitable de la misma, a la izquierda. Tiene prioridad de paso el que circula por ella sobre el que intenta ingresar debiendo cederla al que egresa, salvo señalización en contrario.”


Que en Mar del Plata es harto sabido que hay un uso incorrecto de las rotondas, ya que usualmente el paso lo tiene quien circula por las calles exteriores, y no quien está dentro la rotonda, sin tener presente que las leyes nacionales y provinciales refieren lo contrario.


Que, en este sentido, y sin perjuicio de que es necesario retomar los proyectos de mejoramiento o reemplazo de las rotondas que se han venido presentando, se hace necesario trabajar puntualmente en la señalización de estos tramos, para advertir a los conductores sobre la circulación correcta.


Que este tipo de acciones tienen un efecto concreto y no significan una erogación presupuestaria significativa, por lo que supone una acción realizable por parte del Departamento Ejecutivo.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


Artículo N°1.- Dispóngase que todas las rotondas del ejido urbano del Partido de General Pueyrredon deberán contar con señalización vertical en sus cuatro intersecciones, que dé cuenta del modo correcto de ingresar y egresar de las mismas, con una imagen ilustrativa y el siguiente texto:


“ROTONDA. Si está por ingresar a la rotonda, ESPERE. El vehículo que circula dentro tiene PRIORIDAD. Art. 43, Ley N° 24.449.”


Artículo N°2.- Serán consideradas, a fines de la presente, rotondas del ejido urbano del Partido, las que se encuentren en:


a)  Av. Juan B. Justo y Av. Presidente Perón/Champagnat;


b)  Av. Champagnat y Alvarado;


c)  Av. Champagnat y Av. Colón;


d)  Av. Champagnat y Av. Luro;


e)  Av. Champagnat y Av. Libertad;


f)  Av. Monseñor Zabala y Berutti;


g)  Av. Monseñor Zabala y Florisbelo Acosta;


h)  Av. Monseñor Zabala y Av. Constitución;


i)  Av. Constitución y Av. Félix U. Camet.


Artículo N°3.- La autoridad de aplicación de la presente es el Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público (E.M.VI.AL), o el área que la reemplazare en el futuro, que se encargará de definir el diseño y la ubicación de la señalización según criterios operativos y de visualización.


Artículo N°4.- De forma.


AUTORÍA:


ADHERENTES:


ANEXO


[]


Representación gráfica de la señalización vertical en rotondas.

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