Mar del Plata, 26 de agosto de 2024
A la Presidenta del
Honorable Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
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VISTO:
La Ordenanza 19.183 mediante la cual se crea la Comisión del Plan Municipal de Accesibilidad (COPLAMA), y;
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 3° de la ordenanza mencionada establece que la Comisión del Plan Municipal de Accesibilidad (COPLAMA) “tendrá por misión asegurar la puesta en marcha, elaboración, implementación, seguimiento y actualización del PLAMAC para la ciudad de Mar del Plata y demás centros urbanos integrantes del Partido de General Pueyrredon”.
Que el Artículo 4° sostiene que “La COPLAMA estará constituida por tres (3) organismos: la Unidad de Coordinación, el Consejo Asesor y el Equipo Técnico, los cuales se representan en el organigrama expuesto en el Anexo I de la presente”.
Que el Artículo 5°, por su parte, indica que “La Unidad de Coordinación estará integrada por el Presidente del COPLAMA y los Vicepresidentes Primero, Segundo y Tercero. La titularidad de la Presidencia será ejercida por el señor Intendente Municipal, la Vicepresidencia Primera estará a cargo del representante de la Dirección General para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos y en carácter de Vicepresidentes Segundo y Tercero, la Dirección de Discapacidad y la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano, todas ellas pertenecientes a la Municipalidad de General Pueyrredon”.
Que las últimas noticias disponibles en la página web del municipio son del año 2017 y refieren a la primera reunión del Consejo Asesor de la COPLAMA.
Que la página web destinada al Plan Municipal de Accesibilidad (PLAMAC) no tiene actualizaciones en sus informes, normativas, recursos, antecedentes y equipo desde el año 2020.
Que a principios del año 2022 se aprobó en el Honorable Concejo Deliberante el Decreto D-2582 con el objetivo de crear la “Mesa de Trabajo Multidisciplinaria, Participativa e Integral” para abordar diferentes puntos con relación a discapacidad, que hasta la fecha no ha sido convocada.
Que a principios de este año, la secretaría de Obras notificó mediante el expediente 1900 del 2022 sobre diferentes obras, montos adjudicados y proyectos enmarcados en el PLAMAC en los últimos años, información que no se encuentra reflejada en la página web ni en otros sitios de acceso público.
Que la Comisión Mixta Permanente de Eliminación de Barrera Arquitectónicas y Urbanísticas de General Pueyrredon (COMIBAU) llevó adelante una iniciativa en el año 2009 mediante la cual el municipio se comprometió a implementar un plan de mejora de la accesibilidad en distintas zonas de nuestra ciudad para construir e implementar nuevas rampas.
Que es importante conocer las acciones que ha llevado adelante la COPLAMA como así también las opiniones de sus integrantes ante los distintos pedidos de obras, planificación y proyectos por parte de las diversas Asociaciones y Federaciones relacionadas con el trabajo sobre discapacidad y la accesibilidad del partido de General Pueyrredon.
Que es menester que el Municipio esté presente para las vecinas y vecinos con acciones concretas y planificadas para garantizar una ciudad accesible y de fácil navegación para aquellas personas con discapacidad o movilidad reducida.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales y Concejalas de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe, en los términos de la Ordenanza Nº 9.364 y sus modificatorias, con relación a la conformación y funcionamiento de la Comisión del Plan Municipal de Accesibilidad (COPLAMA), los siguientes puntos:
1) Nombres y cargos que ocupan en las correspondientes dependencias del Departamento Ejecutivo las personas que ejercen las Vicepresidencias Primera, Segunda y Tercera de la Unidad de Coordinación de la COPLAMA.
2) Reuniones y convocatorias realizadas desde el año 2019 a la fecha donde se haya invitado a participar a la Unidad de Coordinación, al Consejo Asesor y al Equipo Técnico de la COPLAMA, así como la asistencia que han tenido en cada una de ellas por parte de los miembros integrantes.
3) Estado de desarrollo y elaboración del Plan Municipal de Accesibilidad (PLAMAC) y sus objetivos, políticas y estrategias de actuación para la gestión 2024-2027 y también a largo plazo.
4) Las razones por las cuales el Honorable Concejo Deliberante no ha recibido informes y/o documentos por parte de la COPLAMA como señala el Artículo 6° de la Ordenanza N° 19.183.
5) Detalle de las acciones de difusión de las acciones tomadas por el Consejo Asesor de la COPLAMA desde el 2019 a la fecha.
6) Recursos con los que cuenta la COPLAMA para realizar obras durante el año 2024.
Artículo 2.: Comuníquese, etc.
AUTORIA:
ADHERENTES: