Información de Expediente

2024 - E - 1922
Fecha de Entrada: 11/09/2024
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. AYALA MARIA EVA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 11/09/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre los mecanismos y articulación en las áreas municipales, provinciales y/o nacionales, de los programas orientados al desarrollo de las primeras infancias, las infancias y las adolescencias.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 11/09/2024
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 11 de septiembre 2024


Sra. Presidenta


Honorable Concejo Deliberante


General Pueyrredon


VISTO


La primera infancia y la adolescencia son una etapa central en la vida de los seres humanos, por esto, invertir en ellas es clave para prevenir potenciales problemas que dificultarán el desarrollo integral, y


CONSIDERANDO


Que la Ley Nº 26.061 en su artículo 1º sostiene que tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte Los derechos aquí reconocidos están asegurados por su máxima exigibilidad y sustentados en el principio del interés superior del niño. La omisión en la observancia de los deberes que por la presente corresponden a los órganos gubernamentales del Estado habilita a todo ciudadano a interponer las acciones administrativas y judiciales a fin de restaurar el ejercicio y goce de tales derechos, a través de medidas expeditas y eficaces.


Que la Ley Nº 13.298 tiene por objeto la promoción y protección integral de los derechos de los niños, garantizando el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de los derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento legal vigente, y demás Leyes que en su consecuencia se dicten y quedan comprendidas en esta Ley las personas desde su concepción hasta alcanzar los 18 años de edad, conforme lo determina la Convención sobre los Derechos del Niño. Cuando se menciona a los niños quedan comprendidos, en todos los casos, las niñas, las adolescentes y los adolescentes.


Que la primera infancia y la adolescencia son los momentos de mayor desarrollo donde se incorporan aprendizajes y habilidades (entendidas como capacidades adquiridas que aumentan la calidad de vida del sujeto) y constituyen un período fundacional para la formación de la subjetividad individual como también colectiva.


Que desde UNICEF se plantea que todo aquello que se logre durante la primera infancia tendrá impacto en el futuro de las personas y, por el contrario, lo que no se alcance, aquello que se omita, las prestaciones de las cuales carezcan generarán diversas barreras que dificultarán su desarrollo integral y el pleno desempeño de sus capacidades. Por eso es necesario que todas las niñas y todos los niños pequeños reciban oportunidades que permitan una vida plena y productiva, y el ejercicio de sus derechos.


Que asegurar el acceso a un sistema integral de cuidados desde la gestación hasta la adolescencia inclusive, permite el pleno ejercicio de los derechos fundamentales generando una diferencia significativa en el desarrollo de las personas, decantando positivamente en la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.


Que la nutrición en la primera infancia constituye un pilar fundamental. Los nutrientes esenciales, como las proteínas, grasas saludables, vitaminas y minerales, son indispensables para el desarrollo conductual y cognitivo.


Que la generación de políticas públicas gestadas en pos del desarrollo de habilidades (socioemocionales, cognitivas y académicas) para las infancias y adolescencias requiere de la presencia de una multiplicidad de actores que posean una estrecha articulación intersectorial, y donde también es fundamental el fortalecimiento y la coordinación de las áreas municipales.


Que es de suma importancia contar con información precisa y actualizada sobre los programas y proyectos que el municipio de Gral. Pueyrredon gestiona para el desarrollo infantil, con el fin de garantizar la transparencia en la gestión pública y el acceso a la información para evaluar la efectividad de las políticas implementadas.


Que las políticas públicas realizadas para las infancias y adolescencias basadas en la evidencia rigurosa, son el único camino para el gran desafío que implica reducir las desigualdades sociales y territoriales. El Partido de Gral. Pueyrredon tiene una tarea de envergadura como garante indelegable del cumplimiento de tales derechos.


Por lo expuesto, el bloque de Concejales de Acción Marplatense, presenta para su consideración el siguiente proyecto de


COMUNICACIÓN


Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo responda a través de un informe sobre los programas que se encuentran actualmente en ejecución, orientados al desarrollo de las primeras infancias, las infancias y las adolescencias.


Artículo 2º: Requiérase que en el informe solicitado se especifique de cada programa:


a)  Objetivos generales y específicos.


b)  Estrategias de implementación.


c)  Mecanismos de gestión.


d)  Evaluación de resultados.


Artículo 3º: Indíquese que Centros de Desarrollo Infantil CDI se encuentran en funcionamiento y que programas existentes se implementan en dichos espacios.


Artículo 4°: Informesé sobre los mecanismos de coordinación y articulación de las áreas municipales, provinciales y/o nacionales, así como también con organizaciones de la sociedad civil o instituciones privadas que participan en la implementación de los programas sobre desarrollo infantil y adolescencia.


Artículo 5º: Comuníquese, etc.


Autoría:


Adhesión:

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