Información de Expediente

2024 - E - 2028
Fecha de Entrada: 21/10/2024
Carátula: Proyecto de COMUNICACIÓN
Iniciador: VARIOS MIEMBROS DEL HCD
Autor: CJAL. GONZÁLEZ ANGÉLICA
            CJAL. ROMERO MARIANELA
            CJAL. NEME AGUSTIN PATRICIO
Tema: VARIOS
Categoría: VARIOS MIEMBROS DEL HCD
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA
Desde: 05/11/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires arbitre los medios necesarios para transferir la jurisdicción del camino secundario provincial 045-12, denominado Avenida Jorge Newbery, a la órbita municipal, con el fin de permitir la realización de las obras necesarias para mejorar su infraestructura.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-6381 31/10/2024

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO 21/10/2024 22/10/2024 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 21 de octubre de 2024.-


Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante


Partido de General Pueyrredon


Cjal. Marina Sánchez Herrero


S / D


VISTO la necesidad de mejorar la infraestructura vial de la avenida Jorge Newbery y;


CONSIDERANDO:


Que el camino denominado 045-12 (Jorge Newbery), entre Mario Bravo y el camino 045-02 tiene una extensión de 7,5 kilómetros.


Que dicha arteria conecta la avenida Mario Bravo con el Camino Secundario 042-02, siendo la principal vía para acceder a los distintos barrios de la zona, como Jardín de Stella Maris, Jardín de Peralta Ramos, Santa Rosa del Mar, Rumencó, Las Prunas, Los Acantilados, Arenas del Sur, Casonas del Haras. Entre otros.


Que este camino es actualmente de jurisdicción provincial, siendo la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires quien debe proyectar, construir y conservar todas las obras viales a ejecutarse en él.


Que la red vial municipal se establece por exclusión, es decir, se integra con la totalidad de caminos públicos que no estén incluidos en las redes viales nacional o provincial. Los caminos provinciales comprenden una red primaria troncal o de coparticipación federal, y una secundaria que complementa a la anterior, de acuerdo con lo que disponga la Dirección de Vialidad, quien hace la discriminación correspondiente.


Que la red municipal es entonces determinada por la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, sobre la base de relevamientos precisos. El resultado de este relevamiento es enviado para consideración del municipio, pero la fijación final de la red es efectuada por la Dirección de Vialidad en única instancia.


Que las trazas de caminos nacionales o provinciales reemplazadas por otras nuevas y que a juicio de los organismos viales competentes hubieran perdido interés para las jurisdicciones respectivas, pasarán automáticamente a integrar la red municipal. Hoy es claro que la ruta provincial 11 ha asumido el rol de conexión principal hacia Miramar, en lugar de este camino y el camino viejo a Miramar, siendo ambas arterias importantes y de relevancia hacia el interior de nuestro Partido.


Que la red vial municipal deberá revisarse integralmente por Dirección de Vialidad por lo menos cada cinco (5) años.


Que el Código de Ordenamiento Territorial, en su capítulo 7, define a la red regional como aquella integrada por rutas que carecen de continuidad fuera de la región como el camino nuevo a Miramar (prolongación de la Avenida Edison hacia el Sud), camino Camet/Batán y camino Batán/Los Acantilados.


Que su función es vincular al Partido con Partidos adyacentes y que confieren entidad regional al área de influencia de Mar del Plata.


Que la red primaria municipal está integrada por las avenidas de tránsito rápido, cuya función es prolongar dentro de la ciudad los accesos que vinculan a ésta con su región y el resto del país, distribuir el tránsito regional a la red secundaria y permitir el rápido ingreso y egreso a los distritos centrales, a la costa balnearia y a los extremos del ejido.


Que, por lo expuesto, es claro que la avenida Jorge Newbery cumple la función de red primaria municipal, no como camino secundario provincial. Su carácter de vía de penetración y conexión clave entre importantes desarrollos urbanos y barrios cerrados de la zona la convierte en una arteria indispensable para la planificación y el crecimiento de la zona sur de la ciudad.


Que en enero de 2020 se llevó a cabo una reunión en la Municipalidad para tratar la situación del Camino 045-12 (autopista Jorge Newbery), entre Mario Bravo y el Camino 045-02. A la reunión fueron convocados desarrolladores y administradores de barrios cerrados, emprendimientos recreacionales, y el Jefe de Zona de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires. Se planteó la necesidad de mejorar la infraestructura vial de esa vía, solicitando la presentación de un proyecto que fuera compatible con los desarrollos existentes.


Que, dado que no había un proyecto y existían dificultades técnicas por parte de la Dirección de Vialidad PBA, se acordó que el municipio se encargaría de elaborar dicho proyecto. Para mayo de 2021, se presentó un proyecto computado que contemplaba la duplicación de la calzada principal, pasando a dos carriles por lado, la incorporación de canteros divisores, carriles colectores y la instalación de semáforos. Además, se plantearon alternativas para planificar etapas para la obra en caso de ser necesario.


Que la llegada del emprendimiento de COTO acelera la urgencia de estas mejoras. El 30 de abril se realizó una reunión en las oficinas de Vialidad Provincia con el administrador y el gerente técnico. En dicha reunión, se discutió la posibilidad de:


• Transferir la jurisdicción del camino a la órbita municipal, ya sea en toda su extensión o en una parte, por contar con la posibilidad de financiar la infraestructura a través de aportes de privados frentistas.


• Aceptar que la obra de ensanche fuera ejecutada por el solicitante, en este caso, COTO.


Que el trámite se gestionó a través del expediente EX2024-09909748-GDEBA-DMVMISPGP, con fecha de marzo de 2024. Sin embargo, el proyecto presentado no fue aceptado, y hasta el día de hoy se encuentra a la espera de una resolución.


Que la cesión de la autopista Jorge Newbery (Camino 045-12) al municipio de General Pueyrredon encuentra sustento en diversos aspectos legales y prácticos que justifican esta transferencia, permitiendo una gestión más eficiente y acorde a las necesidades de nuestro Partido.


Que según lo estipulado en el Decreto-Ley 7.943/72, la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires tiene la facultad de celebrar convenios con otras jurisdicciones para la administración de caminos, incluso municipales, siempre que sea conveniente. Este marco legal permite que la Provincia y el Municipio puedan acordar la cesión de la autopista, garantizando que la gestión de la infraestructura responda mejor a las necesidades específicas de la región.


Que el hecho de que el municipio ya haya elaborado un proyecto para la duplicación de calzada, la incorporación de carriles colectores y la semaforización, demuestra la capacidad local para gestionar este tipo de infraestructura. La posibilidad de financiar estas obras mediante aportes de privados frentistas, como se planteó en las reuniones con Vialidad Provincial en abril de 2024, refuerza la viabilidad económica del traspaso a la jurisdicción municipal.


Que, además, la Provincia no parece tener la voluntad de realizar las mejoras necesarias en el plazo que la ciudad demanda, ya que, a pesar de las reuniones y propuestas, el proyecto presentado sigue sin resolución y no se han concretado avances significativos en cuanto a la ejecución de las obras viales.


Que es importante subrayar la relevancia de la obra en cuestión, considerando que, durante la temporada de verano, la avenida Jorge Newbery es utilizada por miles de vecinos y turistas para acceder a las playas del sur del Partido, lo que incrementa considerablemente el flujo vehicular y exige una infraestructura acorde para evitar embotellamientos, accidentes y garantizar una circulación segura y ágil. Esta obra no solo beneficiaría a los residentes permanentes de los barrios circundantes, sino también a la industria turística, pilar fundamental de la economía de nuestro Partido.


Que, con fecha 13 de junio de 2024, se aprobó en el Concejo Deliberante de General Pueyrredon la Comunicación N° 6337, originada por el expediente 2024 E 1515, donde se solicitaba a la Dirección de Vialidad de Provincia de Buenos Aires informe si existe un plan integral sobre la traza de 7.5 kilómetros de la Avenida Jorge Newbery, entre la calle 515 y la Avenida Mario Bravo, que incluya la ampliación a cuatro carriles, con resolución de cruces peatonales y semaforización, entre otros puntos a mejorar, no teniendo al día de la fecha ningún tipo de respuesta a la mencionada comunicación.


Que es razonable que la Provincia de Buenos Aires considere la cesión de la avenida Jorge Newbery al Municipio de General Pueyrredon, lo que permitirá una mayor flexibilidad y agilidad en la ejecución de obras y en la gestión de los recursos necesarios para su mejora y mantenimiento, beneficiando a los desarrollos locales y promoviendo el crecimiento económico de nuestro Partido.


Por todo lo expuesto varios concejales proponen el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo 1º. - El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon solicita al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires arbitre los medios necesarios para transferir la jurisdicción del camino secundario provincial 045-12, denominado Avenida Jorge Newbery, a la órbita municipal, con el fin de permitir la realización de las obras necesarias para mejorar su infraestructura, incluyendo la ampliación de calzada, la construcción de colectoras, la instalación de semáforos, y otras mejoras viales que optimicen la seguridad y el tránsito en beneficio de los vecinos y turistas que utilizan esta arteria.


Artículo 2°. – Comuníquese, etc.


Autores:


Cjal. Marianela Romero


Cjal. Agustín Neme


Cjal. Angélica González


Adhesiones:

 Volver