Mar del Plata, 30 de octubre de 2024
A la Presidenta del
Honorable Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
S / D
VISTO
La Ordenanza 25.142 que crea el Fondo de Mejoramiento del Hábitat; Y
CONSIDERANDO
Que el objeto de la mencionada norma, según consta en su propia letra, fue el contar con una herramienta legislativa local que permitiera promover el acceso justo al hábitat para garantizar su acceso a las personas con déficit urbano habitacional;
Que la afectación de dicho fondo está destinada al mejoramiento y/o construcción de viviendas sociales y a la construcción de infraestructura de conexión de estas áreas de intervención, que no surjan de otros mecanismos de financiamiento, compra de tierras para soluciones habitacionales, financiamiento de obras de equipamiento urbano y espacio público, entre otros;
Que el fondo está consolidado por el aporte de recursos nacionales y provinciales, por la venta y reventa de activos municipales, recursos que surjan de contribuciones y/o cualquier gravamen que el Municipio establezca en virtud de incrementos de los indicadores urbanísticos o modificaciones en los uso de suelo establecidos en el COT, contribuciones y donaciones y recursos que ingresen al Municipio en carácter del artículo 50º de la Ley 14.449;
Que desde la sanción de la ordenanza 25.142 en mayo de 2021, han ingresado a este Honorable cuerpo numerosos expedientes con solicitudes de autorizaciones de excepción al cumplimiento del Código de Ordenamiento Territorial, autorizaciones al Departamento Ejecutivo para la venta de calles, entre otros con situaciones asimilables que hubieran sido merecedores de generar montos que ingresen al fondo creado por la norma citada;
Que con fecha 19 de octubre de 2024 el Departamento Ejecutivo, a través del secretario de obras, envía por el correo electrónico institucional de los concejales que integramos la Comisión de Obras, una serie de respuestas que se hicieron en el marco del tratamiento de un proyecto de ordenanza de compensaciones (conforme manda la ordenanza 25.115). En un pasaje de ese documento se hace mención a que la ordenanza 25.142 aún no habría sido reglamentada y por lo tanto no estaría operativa;
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo Nº1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo que informe respecto de la Ordenanza Nº 25.142 creando el Fondo de Mejoramiento del Hábitat:
a) Si se encuentra reglamentada y vigente en forma plena.
b) En caso de respuesta positiva informe a cuánto asciende el monto del fondo así como la planificación para el destino del mismo.
c) En caso de respuesta negativa, indique los motivos.
Artículo Nº2.- Comuníquese, etc.
AUTORÍA:
ADHERENTES: