Mar del Plata, 3 de diciembre de 2024.-
Sra. Presidenta del Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredon
Concejala Marina Sánchez Herrero
S / D
VISTO:
La necesidad de actualizar y derogar legislación obsoleta en el Partido de General Pueyrredon para adaptarse a las necesidades actuales y los nuevos tiempos que acontecen en nuestra ciudad;
CONSIDERANDO:
Que en el Partido de General Pueyrredon, al igual que en otros municipios provincias y a nivel nacional, cuantiosa cantidad de legislación se encuentra obsoleta, sin sentido e inadecuada para los tiempos que corren;
Que en gran cantidad de casos, esas regulaciones imponen complicaciones al normal devenir ciudadano;
Que el sistema republicano de gobierno impone la obligación de revisar, relevar y evaluar de manera constante la normativa vigente a fin de acompañar los cambios sociales y la evolución de los paradigmas basados en el respeto y reconocimiento de las libertades individuales;
Que muchas normativas actualmente vigentes en el ámbito local resultan obsoletas, inútiles o han sido superadas por leyes posteriores, generando trámites innecesarios y costos adicionales que afectan a los ciudadanos y empresas;
Que la sobrerregulación normativa no sólo genera un obstáculo a las actividades económicas, sino que, en muchos casos, afecta la libertad individual y va en detrimento de la eficiencia en la gestión pública y el desarrollo privado;
Que el artículo 19 de la Constitución Nacional establece que los habitantes no están obligados a cumplir con aquello que no esté mandado por la ley, lo que implica que debe imperar un principio de máxima libertad, y no de excesivo control burocrático;
Que muchas de las normas vigentes fueron dictadas bajo concepciones que priorizaban el control estricto sobre las actividades de la ciudadanía, imponiendo regulaciones y prohibiciones que han perdido sentido en el contexto actual;
Que la acumulación de normas sin relevancia práctica afecta la seguridad jurídica y el buen funcionamiento del sector público y privado, generando una burocracia que obstaculiza el crecimiento económico y social de nuestra comunidad;
Que la derogación de normas obsoletas permitirá simplificar el orden normativo municipal, eliminar barreras innecesarias y facilitar la adaptación de las actividades productivas a las nuevas circunstancias sociales, económicas y tecnológicas;
Que resulta necesario que las políticas públicas, lejos de imponer restricciones y costos innecesarios, se orienten a la promoción efectiva de las libertades individuales y la eficiencia normativa;
Que diferentes desregulaciones en diversos ámbitos marcan un sendero de época en donde la desregulación y la simplificación de los trámites e instituciones estatales conlleva una mayor facilidad para la vida de todos los ciudadanos;
Que la Ordenanza n° 4751 reglamenta el funcionamiento de establecimientos geriátricos;
Que el artículo 30 de la mencionada ordenanza establece la obligatoriedad de contar con equipamientos específicos, como tocadiscos, televisión, radio, juegos de salón y bibliotecas, los cuales no resultan indispensables en el contexto actual del siglo XXI;
Que los avances tecnológicos y los cambios en los hábitos recreativos y culturales de la población han desplazado el uso de ciertos elementos como los tocadiscos, haciendo obsoleta su exigencia en cualquier establecimiento moderno;
Que imponer requisitos específicos sobre el equipamiento recreativo de los geriátricos constituye una intromisión en la libertad de cada institución para decidir, conforme a sus posibilidades y necesidades, las actividades y servicios que desea ofrecer a sus residentes;
Que cada geriátrico, en ejercicio de su autonomía, puede adaptarse mejor a los intereses y preferencias de sus huéspedes, en lugar de verse obligado a cumplir con requisitos genéricos que pueden no ser relevantes o prácticos;
Que no es función del Estado regular de manera detallada y rígida los servicios recreativos, como los juegos de mesa o las bibliotecas, que cada geriátrico debe proporcionar, siendo más apropiado fomentar la flexibilidad y la innovación en la gestión de estas instituciones;
Que la derogación de este artículo permitirá un uso más eficiente de los recursos y una gestión más dinámica, sin comprometer el bienestar ni los derechos de los adultos mayores;
Que esta actualización normativa contribuye a la modernización de las regulaciones y al respeto por la diversidad de enfoques en la gestión de los establecimientos geriátricos, incentivando un enfoque centrado en la calidad general de los servicios y en la atención personalizada;
En virtud de lo expuesto, en mi carácter de concejal del Bloque de Concejales de Vamos Juntos presento a consideración del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Deróguese el artículo n° 30 de la Ordenanza n° 4751
ARTÍCULO 2º.- De forma
Autoría del Proyecto
Firmas adherentes