Información de Expediente

2024 - E - 2217
Fecha de Entrada: 17/12/2024
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. GARCIA DIEGO ALEJANDRO SEBASTIAN
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 18/12/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando en el ámbito del Partido de General Pueyrredon la Mesa Interinstitucional Permanente para la Prevención y Posvención del Suicidio.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 18/12/2024
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 17 de diciembre de 2024


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S_________/_________D


VISTO


La realización de la jornada de trabajo intersectorial que abordó la problemática del suicidio y estrategias de prevención y posvención, en relación a la necesidad de un espacio permanente de discusión y confección de políticas públicas llevada a cabo en el Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon. Y;


CONSIDERANDO


Que el suicidio es un fenómeno multicausal y complejo del que se ha demostrado su carácter psicosocial, lo que nos impide reducirlo a instancias privadas o individuales.


Que es un fenómeno de magnitud global, siendo capaz de generar no sólo la pérdida evitable de una vida, sino un alto impacto emocional para las familias y la comunidad.


Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) consideran al suicidio como un grave problema de salud pública de carácter prevenible mediante intervenciones oportunas, basadas en datos fidedignos.


Que según la OPS, en la Región de las Américas se notificó un promedio de 98.000 muertes por suicidio al año entre 2015 y 2019, siendo en el período el suicidio la tercera causa de muerte entre los jóvenes de 20 a 24 años en las Américas.


Que según un informe del Ministerio de Seguridad de la Nación confeccionado con datos del Sistema Nacional de Información Criminal[1], en 2022 se registraron 3.955 suicidios a nivel nacional, de los cuales 1.206 se dieron en la Provincia de Buenos Aires, siendo la segunda causa de muerte violenta, detrás los siniestros viales.


Que estas cifras representan un aumento de 21,2% y 40,6% en relación a 2020, a nivel nacional y provincial respectivamente, lo que indica una tendencia alcista en relación a la pandemia del covid-19.


Que en el Partido de General Pueyrredon hubo 40 suicidios en 2022, según el mismo informe del Ministerio de Seguridad de la Nación, significando una tasa de 6,6 suicidios cada 100.000 habitantes.


Que, en nuestro país, la promulgación de Ley Nacional de Prevención del Suicidio (N° 27.130) consolidó el abordaje de la problemática en las políticas públicas, posicionando a la Argentina como pionera en relación a confeccionar un marco legal para este tema.


Que la mencionada ley tiene como objeto la disminución de la incidencia y prevalencia del suicidio, a través de la prevención, asistencia y posvención.


Que, para el abordaje integral, interdisciplinario, intersectorial, comunitario y corresponsable de la problemática del suicidio, las asociaciones civiles y organizaciones no gubernamentales recomiendan como estrategia prioritaria la conformación y el fortalecimiento de mesas de trabajo intersectoriales, como se enmarcan en las leyes nacionales Nº 27.130 de Prevención del Suicidio (2015) 26.657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental (2010), Nº 26.061 de Protección integral de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (2005), y la ley provincial Nº 14.991 de Adhesión a la ley Nacional de Prevención del Suicidio.


Que, por otro lado, a partir de la Ordenanza Municipal Nº 23.856 el Partido de General Pueyrredon adhiere a la Ley Provincial Nº 14.991, que a su vez adhiere a la Ley Nacional Nº 27.130.


Que, en el mismo sentido, mediante la Resolución N° 4.741 del año 2021, este Honorable Concejo Deliberante declaró de su interés el Día Mundial para la Prevención del Suicidio, establecido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 10 de septiembre de cada año.


Que el modelo de abordaje basado en la comunidad parte de la presunción de la capacidad de todas las personas y de su posibilidad de rehabilitación psicosocial; se funda en el respeto y la promoción de los derechos humanos y propicia acciones para garantizar su ejercicio efectivo; y apunta a superar procesos de estigmatización y exclusión social.


Que, a través de los expedientes del HCD N° 1657/2023 y 1535/2024, se propuso crear una Jornada de Trabajo teniendo por objeto trabajar no sólo desde un enfoque intersectorial e interdisciplinario, con perspectiva de género y derechos humanos, sino también en la elaboración y diseño de políticas públicas de carácter específico, promoviendo acciones concretas de prevención, asistencia y posvención.


Que aquella jornada de trabajo fue realizada el día viernes 13 de diciembre del corriente, contando con la presencia de representantes de las secretarías de Salud y de Educación municipales; la Subsecretaría de Derechos Humanos municipal; el Departamento de Salud Mental municipal; miembros de la facultades de Cs. de la Salud y Trabajo Social y de Psicología de la UNMDP; Servicio Social Universitario; las ONGs Mutarte, Abrazando la Vida y Grupo Red; Iglesia de Jesús; Centro Cristiano Esperanza; Movimiento Esperanza y Vida; Multisectorial de Jubilados; Equipo de Orientación Social de la Escuela Primaria Municipal N°2; Fundación Redes al Corazón; entre otros.


Que hubo consenso entre concejales y participantes en que las políticas de prevención y posvención del suicidio, a razón de la complejidad y multicausalidad de la problemática, no deben emanar de un sólo área gubernamental u organización de la sociedad civil.


Que, en cambio, el diseño, implementación y evaluación de políticas públicas para esta problemática debe darse desde un ámbito de discusión interdisciplinario, intersectorial y, en particular, de carácter permanente, que pueda sostenerse a través del tiempo y de distintas administraciones municipales, con el foco puesto en convertir la prevención y posvención del suicido en una política de Estado municipal.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


Artículo Nº1.- Créase en el ámbito del Partido de General Pueyrredon la Mesa Interinstitucional Permanente para la Prevención y Posvención del Suicidio, bajo la órbita de la Secretaría de Salud, con el objeto de discutir el diseño, implementación y evaluación de políticas referidas a la problemática, en el corto, mediano y largo plazo.


Artículo Nº2.- La Mesa definida en el Artículo N°1 tendrá los siguientes objetivos:


a)  Apoyar, participar y/o desarrollar acciones y estrategias referidas al abordaje de la problemática;


b)  Contribuir al armado y la sistematización de los circuitos locales de prevención, detección e intervención para garantizar el abordaje integral;


c)  Impulsar la formación del recurso socio-sanitario y los distintos actores involucrados en el abordaje de eventos relacionados con el suicidio en función de la normativa vigente;


d)  Promover la sensibilización de la comunidad;


e)  Promover la articulación con otros actores sociales, como organizaciones de la sociedad civil y medios de comunicación, entre otros;


f)  Aportar a la unificación de criterios y la coordinación de acciones para la consolidación de circuitos locales de intervención (prevención, atención, seguimiento y posvención) e información (detección, registro y análisis epidemiológico);


g)  Contribuir a la coordinación e implementación de capacitaciones para la transmisión y el intercambio interdisciplinario de conocimientos teórico-prácticos para el abordaje integral de la problemática priorizando y fortaleciendo el recurso local;


h)  Generar y fortalecer espacios de reflexión tales como foros, jornadas de debate e intercambio, etc., y/o estrategias de comunicación hacia la comunidad en general.


Artículo Nº3.- La Mesa tendrá una composición no excluyente, integrando a los representes de:


a)  Secretaría de Salud del Municipio de General Pueyrredon;


b)  Secretaría de Desarrollo Social;


c)  Secretaría de Educación;


d)  Comisión de Salud Pública y Desarrollo Humano del Honorable Concejo Deliberante;


e)  Región Sanitaria VIII;


f)  Hospitales provinciales con asiento en el Partido de General Pueyrredon;


g)  Centro Provincial de Atención en Salud Mental, Consumos Problemáticos y Violencias en el Ámbito de la Salud Pública (CPA);


h)  Universidad Nacional de Mar del Plata;


i)  ONGs vinculadas a la temática;


j)  Entidades deportivas y culturales;


k)  Instituciones religiosas.


Artículo Nº5.- La Mesa comenzará a funcionar treinta (30) días hábiles luego de la promulgación de la presente, debiendo elegir a sus autoridades en la reunión constitutiva.


Artículo Nº6.- En un plazo de tres (3) meses a partir de su reunión constitutiva, la Mesa deberá elevar al Honorable Concejo Deliberante una propuesta de reglamento interno para su aprobación.


Artículo Nº7.- De forma.


AUTORÍA:


ADHERENTES:


[1] https://www.argentina.gob.ar/seguridad/estadisticascriminales/informes

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