Mar del Plata, 26 de mayo de 2025.-
Sra. Presidenta del Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredon
Concejala Marina Sánchez Herrero
S / D
VISTO:
La Ordenanza Municipal n° 21260 modificada por las Ordenanzas 21631, 21765, 22471, 22827, 23688, 24002, 24376, 24940, 25814, 25909, 26090, 26287 y 26417;
CONSIDERANDO:
Que por la normativa vigente se encuentra prohibido el estacionamiento de vehículos durante las 24 horas en ambas aceras de la calle Buenos Aires, desde la avenida Colón hasta la calle San Martín, lo cual incluye los tramos comprendidos entre Rivadavia, Belgrano, Moreno y Bolívar;
Que el tramo específico de Buenos Aires entre Rivadavia y Moreno no cuenta con paradas de transporte público colectivo ni presenta condiciones técnicas que justifiquen una restricción absoluta incompatible con el estacionamiento;
Que el centro de la ciudad de Mar del Plata evidencia desde hace años un déficit crónico de espacios de estacionamiento por el aumento en la cantidad de vehículos, tanto en la temporada estival como durante todo el año, afectando negativamente a residentes, comerciantes, turistas y trabajadores;
Que la falta de espacios disponibles para dejar un vehículo no sólo genera dificultades prácticas para el tránsito local, sino que opera como un desincentivo a la actividad comercial y de servicios, afectando el flujo natural de consumidores en zonas de alto movimiento;
Que en un contexto donde la ciudad busca fomentar la circulación, el consumo local, y revitalizar las actividades en los sectores céntricos y el trabajo otorgado por el sector privado, cada espacio ganado para el estacionamiento es una herramienta concreta para mejorar la experiencia urbana y comercial;
Que resulta indispensable revisar de manera constante aquellas disposiciones que, aún cuando hayan tenido una justificación en su origen, hoy se vuelven desproporcionadas o perjudiciales frente a nuevas realidades sociales, urbanas y económicas;
Que en este sentido, liberar el estacionamiento en dicho tramo representa una medida sencilla, de bajo costo y alto impacto positivo, que se inscribe en una política más amplia de mejora en la movilidad urbana y el dinamismo económico;
En virtud de lo expuesto, en mi carácter de concejal del Bloque de Concejales de Vamos Juntos presento a consideración del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza 21260 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1º.- Prohibe el estacionamiento de vehículos, en el horario de 7 a 24, en las calles que se enumeran a continuación:
a) Junto a ambas aceras:
- CORRIENTES, desde 9 de Julio hasta Avda. Pedro Luro.
- 25 DE MAYO, desde Catamarca hasta Avda. Independencia.
BELGRANO, desde Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Buenos Aires.
- MORENO, desde Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Buenos Aires.
- AVDA. DE LOS TRABAJADORES, desde su comienzo en la Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Avenida Juan B. Justo.
- PASEO JESÚS DE GALÍNDEZ, desde el acceso a la playa de estacionamiento hasta la Avda. Patricio Peralta Ramos.
- CALLE de unión entre la Avda. de los Trabajadores y el Paseo Guardavidas Guillermo Volpe.
- PASEO COSTANERO DEL SUD PRESIDENTE ARTURO UMBERTO ILLIA y su continuación AVDA DE LOS TRABAJADORES, calzada sur a norte, desde Diagonal Vélez Sarsfield hasta calle Valentín Vergara.
- AVDA. DE LOS TRABAJADORES, calzada norte a sur, desde S. de Arana y Goiri hasta Pedro Aráoz.
- CALLE Colectora de balnearios del Complejo Punta Mogotes, en toda su extensión, incluidos sus accesos. - CÓRDOBA, desde Avda. Juan B. Justo hasta Azcuénaga.
- BOLÍVAR, desde Buenos Aires a Entre Ríos.
- LAMADRID, desde Av. Colón hasta Avda. Patricio Peralta Ramos.
b) Junto a la acera izquierda en el sentido de circulación:
- SALTA, desde 25 de Mayo hasta Avenida Pedro Luro.
- MORENO, desde Catamarca hasta Avenida Independencia.
- PATRICIO PERALTA RAMOS, desde Avda. Luro hasta Juan B. Alberdi.
- SAN JUAN, desde San Martín hasta Avda. Luro.
- PASEO JESÚS DE GALÍNDEZ, desde el Torreón hasta el acceso a la playa de estacionamiento.
- AVDA. DE LOS TRABAJADORES y su continuación PASEO COSTANERO DEL SUD PRESIDENTE ARTURO UMBERTO ILLIA calzada de norte a sur, desde V. Vergara hasta S. de Arana y Goiri, y desde Pedro Aráoz hasta Diagonal Vélez Sarsfield.
c) Junto a la acera derecha en el sentido de circulación:
- AVDA. LURO, desde Hipólito Yrigoyen hasta San Luis.
- AVDA. LURO, desde Santiago del Estero hasta Entre Ríos.
- 12 DE OCTUBRE, desde Avda. de los Trabajadores hasta Padre Dutto.
- FUNES, desde Roca hasta 20 metros hacia el norte.
- BOLÍVAR, desde Entre Ríos a Corrientes.
Prohibe el estacionamiento de vehículos durante las 24 horas en las calles que se enumeran a continuación:
Junto a ambas aceras:
- BUENOS AIRES, desde San Martín hasta Rivadavia.
- BUENOS AIRES, desde Moreno hasta la Avda. Colón.
- CENTENARIO.
- 9 DE JULIO entre Misiones y la Avda. Jara, micros de larga distancia (prohibido estacionar ni detenerse con el motor en marcha).
Junto a la acera derecha en el sentido de circulación:
- AVDA. PATRICIO PERALTA RAMOS entre Avda. Luro y San Martín.
- URQUIZA (números impares, calzada adyacente al Parque Primavesi) entre las calles Almafuerte y Avda. Paso.
- CÓRDOBA, desde San Martín a Avenida Luro.
- DIAGONAL ALBERDI SUR, desde Adolfo E. Dávila hasta Mitre.
- DIAGONAL ALBERDI NORTE, en toda su extensión.
- AVDA. LURO, desde Mitre a H. Yrigoyen.
- PASEO JESÚS DE GALÍNDEZ, acceso Cabo Corrientes hasta Centenario.
- SAN JUAN, entre Avda. Luro y 9 de Julio.
- ROJAS, entre la calle Valencia y la Avda. Constitución.
- 9 DE JULIO entre Misiones y Don Bosco.
- BELISARIO ROLDÁN entre Florisbelo Acosta y Avda. Constitución.
- ALEM entre Avenida Juan B. Justo y Almafuerte, en sentido sur a norte.
- ALEM entre O´Higgins y Avenida Juan B. Justo, en sentido norte a sur.
- LA RIOJA entre Rivadavia y Belgrano.
Junto a la acera izquierda en el sentido de circulación:
- BUENOS AIRES, entre Rivadavia y Moreno.
- AVDA. PATRICIO PERALTA RAMOS entre las calles San Martín y Belgrano.
- LA RIOJA entre 25 de Mayo y Avda. Colón.
- SAN JUAN, entre Avda. Luro y 9 de Julio.
- ALVARADO, entre Santiago del Estero y Santa Fe”
ARTÍCULO 2º.- De forma
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