Información de Expediente

2025 - E - 1357
Fecha de Entrada: 30/05/2025
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. GARCIA DIEGO ALEJANDRO SEBASTIAN
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 02/06/2025
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo que evalúe la posibilidad de implementar un carril exclusivo para unidades del sistema de transporte público de pasajeros sobre el carril derecho de la Av. Independencia (orientación norte-sur) entre las calles 25 de Mayo y San Martín.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
050 MOVILIDAD URBANA 02/06/2025
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 30 de mayo de 2025


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S_________/_________D


VISTO


La necesidad de ordenar el tránsito y garantizar la fluidez del ascenso y descenso de pasajeros de colectivo en Av. Independencia entre Av. Luro y San Martín. Y;


CONSIDERANDO


Que en el tramo de Av. Independencia entre Av. Luro y San Martín, sobre la vereda derecha en sentido norte-sur, se encuentran emplazadas un gran cantidad de paradas del sistema de transporte público urbano, en particular las de las líneas 521, 523, 525, 551, 552, 553, 555, 562, 571, 573, 591, 593, 715 y 720.


Que el tránsito vehicular en aquel tramo se ve significativamente afectado por las maniobras de ascenso y descenso de pasajeros de los colectivos. En este sentido, una de las situaciones más recurrentes tiene que ver con que las unidades terminan ocupando más de un carril para acercarse o alejarse de las paradas, a veces quedando detenidas por otras unidades o por el semáforo de San Martín.


Que estas maniobras, al realizarse sobre los carriles de circulación general, generan congestión, demoras y situaciones de riesgo para los usuarios del transporte público, los peatones y los conductores de vehículos particulares, viéndose agravada la situación por la ubicación de estas paradas de colectivo, a pocos metros de uno de los centros neurálgicos del distrito: la intersección de las avenidas Luro e Independencia.


Que, salvo las unidades de la línea 555, que vienen transitando por Av. Independencia, la totalidad de los colectivos que tienen parada en el tramo indicado circulan por la calle 25 de Mayo, girando hacia la izquierda para incorporarse a Independencia.


Que la implementación de un carril exclusivo para colectivos en el carril derecho (orientación norte-sur) de la Av. Independencia entre las calles 25 de Mayo y San Martín se presenta como una medida eficaz para ordenar el tránsito en esta importante arteria de la ciudad (ver Anexo).


Que la creación de este carril exclusivo permitirá a los colectivos detenerse y retomar la marcha de manera más segura y eficiente, sin interferir directamente con la circulación del resto de los vehículos, garantizando la seguridad no sólo de los usuarios que ascienden y descienden de las unidades, sino también de los peatones que cruzan por las sendas peatonales de las inmediaciones.


Que la demarcación horizontal y vertical del carril exclusivo, así como la instalación de la señalización correspondiente, son acciones fundamentales para garantizar la correcta utilización del mismo por parte de los conductores de colectivos y para informar adecuadamente a los demás usuarios de la vía pública.


Que la señalización propuesta en la calle 25 de Mayo, indicando que las unidades deben circular por el carril derecho de aquella vía, contribuirá a una incorporación ordenada de los colectivos al carril exclusivo de la Av. Independencia, optimizando su funcionamiento.


Que, asimismo, se deberá prohibir el estacionamiento en el tramo entre Luro y 25 de Mayo, ya que el mismo obstaculiza la implementación de carril exclusivo.


Que la medida propuesta se alinea con políticas de movilidad urbana sostenible, ordenada y eficiente, que buscan priorizar el transporte público y mejorar el funcionamiento del sistema en beneficio de la comunidad.


Que, en ese sentido, recuperamos algunos ejemplos de implementación reciente de carriles exclusivos en otras ciudades de Argentina, a fines de ilustrar su pertinencia y beneficios.


Que, por ejemplo, en la ciudad de La Plata se estableció un carril exclusivo para colectivos en la calle 54, entre 7 y 12, en el año 2022, como parte del Plan Estratégico 2030 para el transporte público. Según datos publicados por la Municipalidad de La Plata, la frecuencia de tránsito en aquel tramo mejoró considerablemente, pasando de 9 a 3 minutos[1].


Que, en ese sentido, los análisis previos hechos por el gobierno municipal platense arrojaron que la medida iba a “reducir los niveles de congestión en la traza y acotar un 60% los tiempos de viaje en vehículos privados y un 75% en colectivos”[2].


Que en la ciudad de Rosario se implementaron en 2010 y, según el Ente de Movilidad de Rosario (EMR), hubo reducción de hasta un 38% en los tiempos de viaje. Si un colectivo antes de la implementación de carriles tardaba 37 minutos en recorrer su extensión, hoy lo hace en 23 minutos. Asimismo, informaron, en cuanto a la seguridad vial, que tres años luego de la puesta en marcha de los carriles exclusivo, se registró una disminución en los siniestros que involucran al transporte público en estos espacios, al descender en un 59%[3].


Que el caso paradigmático quizá sea el del Metrobus, la red de carriles exclusivos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que lograron reducir en 40% los tiempos de viaje[4].


Que queda claro que en las ciudades donde se implementan este tipo de medidas, se logra no sólo reducir los tiempos de viaje, sino también un descenso de la siniestralidad, objetivo principal de esta propuesta.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo Nº1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que evalúe la posibilidad de implementar un carril exclusivo para unidades del sistema de transporte público de pasajeros (colectivos) sobre el carril derecho de la Av. Independencia (orientación norte-sur) entre las calles 25 de Mayo y San Martín, a fines de ordenar el tránsito producido por el ascenso y descenso de pasajeros en las paradas de Av. Independencia entre Av. Luro y San Martín, y así incrementar la seguridad vial de usuarios, peatones y automovilistas.


Artículo Nº2.- Para cumplimentar el Artículo Nº1, se sugiere la prohibición permanente de estacionamiento vehicular en Av. Independencia entre 25 de Mayo y Av. Luro, a fines de utilizar ese carril para el tránsito de colectivos.


Artículo Nº3.- Asimismo, se requiere que el Departamento Ejecutivo evalúe las siguientes acciones para el correcto funcionamiento del carril exclusivo:


a)  Demarcación horizontal del carril exclusivo, con un color de relleno visible (rojo o amarillo) y la leyenda “BUS” en distintos puntos del carril.


b)  Demarcación vertical, ya sea mediante tachas, mojones, postes o cordón elevado.


c)  Señalización vertical que indique la obligación para colectivos de circulación por el carril exclusivo, así como prohibición de circulación para otros tipos de vehículos, a emplazar en distintos puntos de:


    i.  Av. Independencia, entre 25 de Mayo y 3 de Febrero.


    ii. Av. Luro, entre Jujuy y Av. Independencia.


    iii. 25 de Mayo, entre Hipólito Yrigoyen y Av. Independencia.


d)  Señalización vertical en distintos puntos de la calle 25 de Mayo que indique que los colectivos deben circular por el carril derecho en aquella arteria, a fines de ingresar ordenadamente al carril exclusivo de Av. Independencia.


e)  Cambio de ubicación de las paradas que el Departamento Ejecutivo evalúe, a ser emplazadas en el tramo de Av. Independencia entre 25 de Mayo y Av. Luro, a fines de descongestionar el sector entre Av. Luro y San Martín.


Artículo Nº4.- Comuníquese, etc.


AUTORÍA:


ADHERENTES:


Anexo


[]


[1] https://www.0221.com.ar/nota/2022-8-2-7-11-0-carriles-exclusivos-en-calle-54-cuanto-se-redujo-la-frecuencia-de-transito-en-la-zona


[2] https://infocielo.com/sociedad/transito-la-plata-donde-estaran-los-carriles-exclusivos-colectivos-n734898#:~:text=%C2%BFCu%C3%A1nto%20se%20acortan%20los%20tiempos,y%20un%2075%25%20en%20colectivos


[3] https://www.impulsonegocios.com/a-tres-anos-de-los-carriles-exclusivos-en-rosario-el-balance-en-numeros/


[4] http://argentinamunicipal.com.ar/argentina/tres-soluciones-baratas-y-eficientes-para-mejorar-el-transporte-en-mendoza/

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