Se llevó a cabo esta mañana, viernes 1 de Julio, una Jornada de Trabajo sobre Datos Abiertos. Tuvo lugar en el recinto de sesiones.
Datos abiertos fue tramitado dentro del circuito administrativo del Cuerpo Legislativo local a través del expediente N° 1163/16, aprobada la convocatoria mediante Decreto N° 1896/16 del pasado 14 de abril.
La Jornada de Trabajo pretendió analizar la creación del Portal de Datos Abiertos del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon, denominado Concejo Abierto.
Estuvieron presentes los concejales Santiago Bonifatti -autor de la iniciativa- y Claudia Rodríguez (AM), además de los oradores la Doctora en Ciencias Sociales, Lina Montoya, la ingeniera de sistemas Alejandra Rivero; el analista de sistemas Gonzalo Penofi; el ingeniero informático Renato Rosello; y el periodista Gabriel Aldao.
En primer término, Bonifatti dio la bienvenida a los presentes, destacando: “Buenos días a todos. Quiero comenzar agradeciendo a la ONG Democracia Digital, que venía impulsando una serie de temas vinculados con la participación de vecinos y la transparencia. Aceptó trabajar en conjunto con nosotros en este proyecto del Concejo Abierto. Es la forma en la que nos expresamos respecto a cómo pensamos que tiene que ser el Concejo Deliberante. La intención es enriquecer el debate público y este proyecto de ordenanza en particular, que hemos presentado hace un tiempo. Esta convocatoria es por unanimidad de todos los concejales; es importante destacarlo. Y más importante aún es que el debate se realiza en el recinto de sesiones”.
Más adelante agregó: “Hace 20 ó 30 años hablar de acceso a la información y normas de transparencia alcanzaba. Parecía que los estándares era generar alguna información y que esté a disposición. Pero hoy claramente no alcanza. Los gobiernos tienen que encontrar la manera de ir democratizando, abriendo la información, generando mecanismos nuevos de transparencia. Hoy, se recrea mucha información a través de los medios digitales. Y hay que hacer lo mismo desde el gobierno. Hace unos años se creó la base de Datos Abiertos del municipio. Su resultado ha sido muy exitoso. Y hay que generar que ese portal sea más grande. Y ha llegado el tiempo de que el Concejo Deliberante haga lo mismo. Existe la posibilidad de generar una plataforma participativa de los vecinos. Este Concejo tiene una página web con innumerable información publicada, pero no está disponible en un formato que podamos manipular para generar nueva información o hacer conclusiones. Y hay participación a través de Mesa de Entradas o la Banca 25. Pero este proyecto habla de una participación más ágil”.
En la Jornada de Trabajo se desarrollaron dos paneles: uno, de Gobierno abierto y experiencias de gobiernos locales; y otro, de Datos abiertos. Más allá de la transparencia, innovación y periodismo de datos.
Argumentos
Uno de los motivos de la elaboración de este proyecto se sustenta en la importancia del acceso de los ciudadanos a la información pública y la necesidad de que sea abierta para permitir y fomentar nuevas formas de comprenderla y la participación ciudadana.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos contemplan el acceso a la información pública como un derecho y su correspondencia con la libertad de expresión. Asimismo, en el ámbito nacional cuenta con jerarquía constitucional en función del artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, y como tal plenamente aplicable en el ámbito del Partido de General Pueyrredon.
El artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos establece en su parte pertinente: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.
De acuerdo a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, este artículo garantiza el derecho de acceso a la información pública como un derecho autónomo. En efecto, la Corte ha dicho en el caso Claude Reyes Vs. Chile: “La Corte estima que el artículo 13 de la Convención, al estipular expresamente los derechos a ‘buscar’ y a ‘recibir’ ‘informaciones’, protege el derecho que tiene toda persona a solicitar el acceso a la información bajo el control del Estado, con las salvedades permitidas bajo el régimen de restricciones de la Convención. Consecuentemente, dicho artículo ampara el derecho de las personas a recibir dicha información y la obligación positiva del Estado de suministrarla, de forma tal que la persona pueda tener acceso a conocer esa información o reciba una respuesta fundamentada cuando por algún motivo permitido por la Convención el Estado pueda limitar el acceso a la misma para el caso concreto. Dicha información debe ser entregada sin necesidad de acreditar un interés directo para su obtención o una afectación personal, salvo en los casos en que se aplique una legítima restricción. Su entrega a una persona puede permitir a su vez que ésta circule en la sociedad de manera que pueda conocerla, acceder a ella y valorarla. De esta forma, el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión contempla la protección del derecho de acceso a la información bajo el control del Estado, el cual también contiene de manera clara las dos dimensiones, individual y social, del derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, las cuales deben ser garantizadas por el Estado de forma simultánea” (Corte IDH, 2006, párr.77).
En la Argentina, el derecho de acceso a la información es reconocido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los casos ADC c. PAMI de diciembre de 2012 y CIPPEC c. Estado Nacional de marzo de 2013. Este reconocimiento de la Corte Suprema se ha hecho con base en el derecho internacional de los derechos humanos, basado en los Tratados Internacionales suscriptos por nuestro país.
El tribunal consideró que la negativa a proveer información pública importa “un acto arbitrario e ilegítimo en el marco de los principios de una sociedad democrática e implica, en consecuencia, una acción que recorta en forma severa derechos que son reservados –como se verá— a cualquier ciudadano, en tanto se trate de datos de indudable interés público y que hagan a la transparencia y a la publicidad de gestión de gobierno, pilares fundamentales de una sociedad que se precie de ser democrática” (CSJN, 2012, cdo. 7).
Si bien gran cantidad de países de Latinoamérica, organismos y cortes internacionales han establecido la importancia de contar con una Ley de acceso a la informaron Pública, Argentina es uno de los pocos países que aún no cuenta con una ley para garantizar este derecho. Que como demuestra la experiencia internacional, la puesta en disponibilidad de la información del sector público en condiciones adecuadas para su reutilización constituye un elemento catalizador para la innovación cívica y el desarrollo de las industrias locales basadas en el conocimiento, propulsando en consecuencia los niveles de progreso social, cultural y económico.
El Municipio de General Pueyrredón ha publicado en el año 2014 un portal de datos abiertos (mardelplata.gob.ar/datosabiertos), el cual demás de cumplir los objetivos de transparencia, ha fomentado a través de las funciones publicadas, el desarrollo del ecosistema innovador de la ciudad y el periodismo de datos.
El Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto 117/2016 el cual crea el Plan Apertura de Datos, el cual tiene como finalidad promover el acceso de los datos en toda la esfera del Poder Ejecutivo Nacional, incluyendo ministerios, secretarias y organismos. El decreto instruye la creación de un portal nacional de datos públicos similar al buscado por esta iniciativa.
En miras a una mayor garantía de los derechos antes referidos, y en virtud de los progresivos avances de Mar del Plata en materia de incorporación de tecnología a sus procesos de gestión, resulta oportuno implementar una política que facilite el acceso del ciudadano a la información pública del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon.
La adopción e implementación de una política proactiva en materia de acceso a la información constituye un avance fundamental hacia un concejo abierto, cercano al ciudadano, contribuyendo a realizar los ideales de transparencia, participación y colaboración en el marco de los procesos decisorios, la implementación de políticas, el monitoreo de la gestión y la evaluación de resultados.
Una iniciativa de tales características no es ajena a las políticas implementadas por otras Administraciones modernas en esta temática, alineándose con esfuerzos realizados por ciudades como Washington D.C., Montevideo, San Francisco, Vancouver, Nueva York, Toronto, Seattle y Londres, entre otras, cuyos respectivos gobiernos locales se encuentran implementando políticas públicas de datos abiertos similares a la aquí expuesta. A si mismo en el ámbito local, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ciudad de Córdoba, la ciudad de Mercedes y la ciudad de Bahía Blanca han optado por plataformas similares para implementar los llamados “concejos abiertos”.
Con el aumento de la penetración de Internet y la masificación de las tecnologías digitales ocurrida en los últimos años, el concepto de Gobierno Abierto se ha re-significado ya que las democracias cuentan con mayores herramientas y recursos para incrementar los niveles de transparencia, promover la participación ciudadana y la colaboración entre las distintas dependencias públicas, organizaciones de la sociedad civil y el sector privado.
Resulta importante extender la noción de Gobierno Abierto a la de Estado Abierto como apunta Oscar Oszlak ya que la promoción de las políticas de transparencia, participación y colaboración en torno al concepto Gobierno Abierto se ha centrado y limitado a los poderes ejecutivos nacionales, provinciales y locales, siendo que uno de los desafíos que tienen los países de la región es la implementación de políticas de Estado Abierto, lo cual significa ampliar los niveles de transparencia, participación y colaboración a todos los poderes que conforman el Estado y en el caso aquí propuesto, el Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon.
Un proyecto de estas características se vincula directamente a las políticas públicas de inclusión digital en nuestro país como la TV Digital Abierta, Conectar Igualdad, Argentina Conectada, Educ.AR y Program.AR que garantizan el acceso a la tecnología.
La condición para la existencia de un Gobierno Abierto no es simplemente la implementación de políticas tecnológicas o de inclusión digital, ni se trata de una normativa que garantice el acceso a la información pública, ni de la existencia de sitios o portales para realizar consultas, reclamos o transacciones, sino que la posibilidad de un Gobierno Abierto está dada por el ejercicio de la ciudadanía, a partir de la creación de condiciones de igualdad que permitan generar un proceso interactivo con y entre los ciudadanos a través de una relación de doble vía, en la que estos puedan expresar sus opiniones o propuestas sobre políticas o proyectos gubernamentales, coparticipar en la producción de bienes o servicios públicos y/o intervenir activamente en el seguimiento, control y evaluación de la gestión estatal.
El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon si bien publica regularmente en su sitio oficial www.concejomdp.gob.ar información referida a su estructura y organización, expedientes en tratamiento, dictámenes, actas de reuniones, plan de labor de sus sesiones, información de los concejales, presupuesto de gastos y calculo de recursos, estado y detalle de las cuentas, nomina del personal permanente, transitorio y contratado, remuneraciones, gastos autorizados y digesto, no cuenta con la publicación de dichos datos de forma abierta, de modo tal que permita el tratamiento y análisis de los mismos.
Estos datos públicos pueden ser requeridos para su tratamiento y análisis por periodistas, estadísticos, profesionales del sector TIC y comunidad en general, para la elaboración de otros productos y/o servicios que requieran dicha información.
Se entiende por Dato Público al hecho, concepto, instrucción, carácter o conjunto de caracteres, que se expresa por sí mismo, representado de una manera apropiada para que sea comunicado, transmitido o procesado por seres humanos o por medios automáticos, y al cual se le asigna o se les puede asignar un significado, habiendo sido generado en el ámbito gubernamental, o que se encuentre bajo su guarda, y que no tenga su acceso restringido por ninguna legislación específica.
Los datos abiertos deben tener las siguientes características: estar disponible en un medio digital, bajo una licencia abierta y utilizando para ello un formato estándar abierto, que permita el tratamiento y análisis de ese dato que deberá estar completo. Debe ser primario, confiable, estar actualizado, ser procesable por máquinas, ser susceptible de tratamiento, no ser discriminatorio, no ser propietario, no estar sujeto a derechos de autor, patentes, marcas comerciales o regulación de secretos comerciales.
Se entiende por Licencia Abierta al acuerdo de provisión de datos que conceda amplio acceso para que cualquier persona los utilice, los reutilice y los distribuya, estando sujeto a las siguientes condiciones: a) Que el dato no sea alterado, b) Que no se desnaturalice su sentido, c) Que se cite la fuente, d) Que se mencione la fecha de la última actualización, e) Que sea compartido bajo la misma licencia.
Teniendo en cuenta los avances en materia de gobierno abierto alcanzados por el Municipio de General Pueyrredon en los últimos años, resulta oportuno continuar avanzando en tal sentido promoviendo las condiciones necesarias para dar operatividad a la figura del Concejo Abierto, a través de la creación de una plataforma que permita al ciudadano acceder a la información pública, garantizando a su vez los derechos públicos enunciados, y respetando los principios de transparencia, participación y colaboración en la Administración Pública.
El presente proyecto de ordenanza recoge las experiencias de otros portales de datos abiertos de diferentes ciudades de la Argentina y el mundo, así como también comparte los argumentos que han dado lugar a experiencias exitosas que han servido de base para delinear la iniciativa que aquí se presenta.
En concordancia con lo antes expuesto, resulta oportuno que esta plataforma exponga aquellos conjuntos de datos del sector público que mejor contribuyan a promover la transparencia, incentivar la participación y colaboración de los ciudadanos en los asuntos de gobierno, y a estimular la innovación y el desarrollo social, económico y cultural en el ámbito del partido de General Pueyrredon.
El objeto del Concejo Abierto será garantizar de modo público y abierto el acceso a la información del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon, y fomentar la participación ciudadana en todos los asuntos que se traten en el ámbito legislativo que contribuyan a promover la transparencia, y a estimular la innovación y el desarrollo social, económico y cultural en el ámbito del Partido de General Pueyrredon.
Se pretende crear la plataforma data.concejomdp.gob.ar para facilitar la búsqueda, y acceso de aquellos conjuntos de datos que hagan a la labor y estructura del Honorable Concejo Deliberante.