Información de Expediente

2022 - E - 1987
Fecha de Entrada: 08/11/2022
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 29/02/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Depto. Ejecutivo, informe diversos ítems en relación al espacio denominado Casa del Deportista / Hotel Punta Cantera.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
027 DEPORTES Y RECREACIÓN 09/11/2022 22/03/2023 Aprobado
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO 22/03/2023 29/02/2024 art. 32 R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata,   2 de Noviembre de 2022




A la Presidenta del


H. Concejo Deliberante


Dra. Marina Sánchez Herrero


S------------/------------D



VISTO:

Que el edificio donde funcionara la Casa del Deportista /Hotel Punta Cantera atraviesa desde hace varios años un marcado proceso de deterioro, que conlleva, incluso, riesgo de derrumbe y otros peligros para los vecinos y visitantes de la zona, y


CONSIDERANDO:

Que La “Casa del Deportista” está situada frente al Complejo de Punta Mogotes, la edificación era el antiguo Hotel Punta Cantera y cuenta con tres plantas y una superficie total cubierta de aproximadamente 1.500 metros cuadrados, rodeados de espacios verdes y con vista sobre el mar y el borde urbano de la ciudad.

Que, originariamente, el espacio contó con una capacidad de hasta 130 personas, distribuidas en dos secciones, una anterior y una posterior. La sección delantera tenía 82 plazas, repartidas en 21 dormitorios de dos, tres y cuatro plazas respectivamente. La sección posterior contaba con 24 plazas abajo y 30 arriba.

Que fue creada con el propósito de alojar a aquellos atletas que vinieran de otras latitudes a competir en la ciudad o mismo para albergar a los protagonistas del deporte social.

Que el estado de conservación del edificio es sumamente negativo, estando altamente deteriorado: techos en mal estado, filtraciones de agua, humedad en las paredes, instalaciones eléctricas obsoletas, son solo algunos de los desperfectos que podemos nombrar y que hacen imposible habilitar el inmueble el desarrollo de actividad alguna. Además, hay riesgo de derrumbe de parte de su estructura

Que la propiedad es de antigua data, por lo tanto, cuenta con todas las vicisitudes propias de un inmueble antiguo, lo que, sumado al abandono y vandalismo, hace que se deban extremar urgentes medidas.

Que durante la administración del ex intendente Gustavo Pulti, en algún momento se intentó de convertirlo en un centro de alto rendimiento al estilo CENARD, pero por diversos motivos eso no se dio y dejó esta propiedad, que pertenece al EMDER, con un convenio con la Secretaría de Desarrollo Social para la utilización como parador de gente en estado de calle.

Que, en 2015 en un confuso episodio, según las referencias periodísticas, sufrió un incendio intencional

Que desde el 2016 dejó de ser utilizado y sufrió todo tipo de accionar vandálico, como suele suceder con las dependencias que quedan sin actividad regular y sin vigilancia.

Que, desde entonces solo ha habido, por parte de las distintas administraciones, medidas mínimas de conservación a través de permisos precarios y prórrogas, prórrogas de las prórrogas a entidades de bien público que poco es lo que han podido hacer con semejante estructura.

Que se reconoce al deporte como una actividad que no solo es sana desde lo físico, sino que genera vinculaciones significativas entre las personas y transmite valores importantes y de aplicación a toda la vida. Pero no se puede hacer política deportiva de calidad sin contar con la infraestructura necesaria en condiciones, motivo por el cual nos parece central la recuperación de este espacio, único por sus características y ubicación.

Que esta necesidad se hace aun más patente cuando vemos que este lugar, como se dijo más arriba, está dedicado en gran parte a abrigar al deporte social, que es aquel que llega a los espacios más vulnerables y amateurs, sitos en donde se multiplica la importancia de un Estado presente a través del deporte.

Que este inmueble forma parte del patrimonio del municipio, y como tal también del propio vecino, que lo sostiene indirectamente.

Que no podemos permanecer impávidos ante la depreciación de los bienes que son de todos

Que la rehabilitación y puesta en valor de la Casa del Deportista, descontando su dedicación excluyente y exclusiva a su fin original, permitiría albergar a los exponentes del deporte nacional o internacional que nos visiten o a deportistas que procedan de la ciudad.

      Que, en 2014, la Comunicación C – 4478 (autor concejal Quevedo UCR), consultó sobre el tiempo de obra del edificio Casa del Deportista y a qué fines sería utilizado después de la obra de refacción, comunicación que nunca fue contestada.

Que en febrero de 2020 presentamos un proyecto que se transformó en la Comunicación C – 5552, solicitando al Departamento Ejecutivo que realice todas las acciones necesarias para su rehabilitación y puesta en valor, comunicación que nunca fue ejecutada.

Que en 2021 hubo anuncios sobre un posible llamado a licitación pública conjunta de la Unidad Turística Fiscal Hotel Punta Cantera y Punta Cantera 1 pero no se han conocido progresos en ese sentido.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales y Concejalas del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:



     COMUNICACIÓN

     Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe diversos puntos sobre el espacio denominado Casa del Deportista /Hotel Punta Cantera:

     1) Qué procesos está llevando adelante para la refuncionalización y puesta en valor de las instalaciones.

     2) Si existe algún proyecto sobre el uso y explotación de la unidad para la inminente temporada 2022/2023. De ser así, se sirva adjuntarlo a este informe.

     3) Qué medidas de seguridad ha tomado para evitar la repetición de situaciones de vandalismo y ocupación indebida del inmueble.

     Artículo 2.- Comuníquese, etc.-





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